Volver a Entidad de Conservación

Incompetencia del TSJM y posterior admisión a trámite del Juzgado Contencioso

El 19 de noviembre de 2013, el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid publicó el anuncio de la desestimación de la mayoría de las 853 alegaciones presentadas por los vecinos del barrio. En el propio anuncio, y en las notificaciones que recibimos en nuestros domicilios, se podía leer que “contra el precedente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid”.

La Asociación de Vecinos de Tempranales presentó recurso contencioso-administrativo ante el citado Tribunal, que con fecha 6 de febrero de 2014 dictó un Auto en el que se declara que no es competente para conocer del recurso interpuesto por la Asociación contra los Estatutos de la Entidad de Conservación, emplazándonos a interponer el recurso en los Juzgados de los Contencioso-Administrativo.

Este hecho avala, nuevamente, la falta de rigor y la indefensión  que está provocando el Ayuntamiento a los vecinos con unos acuerdos adoptados por el gobierno municipal que dan lugar a equívocos impropios en una Administración Pública.

Asimismo, para la defensa de los intereses de los vecinos y vecinas del barrio, la Asociación remitió el recurso a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo .

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Madrid dictó el 25 de marzo decreto por el cual se admitía a trámite el recurso interpuesto por la ASOCIACIÓN DE VECINOS DE TEMPRANALES.

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